Nueva normativa aumenta los beneficios de la denominada «Ley SANNA»
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Por Loreto Álvarez
Según datos de la Superintendencia de Seguridad Social tras cinco años de funcionamiento la ley que asegura el acompañamiento de niños y niñas afectados por una enfermedad grave ha beneficiado a 1.719 niños y 1.968 trabajadores y trabajadoras.
El próximo 01 de noviembre entrará en vigencia la Ley 21.614 que introduce modificaciones a la ley 21.063 también conocida como “Ley SANNA” con el objetivo de perfeccionarla. Esta nueva normativa compuesta por un único artículo fue publicada el pasado 28 de septiembre e incluye un aumento del permiso para los padres, madres o tutores de menores de con enfermedades graves, pasando de 90 a 180 días en el periodo de un año. Esta extensión aplica para patologías como cáncer, trasplante de órganos sólidos y de médula ósea.
En el caso de menores con un solo progenitor, la persona encargada contará con el beneficio propio y con el de la persona ausente, ya sea por defunción o abandono, es decir, que tendrá 360 días de permiso, garantizando el acceso igualitario a las familias monoparentales. En este sentido, son beneficiarios del Seguro, el padre y la madre trabajadores de un niño o niña mayor de un año y menor de quince o dieciocho años de edad, que se encuentre en una condición grave de salud. También serán beneficiarios del Seguro el trabajador o la trabajadora que tenga a su cargo el cuidado personal de dicho niño o niña, otorgado por resolución judicial. Según la ley se entenderá por condición grave de salud, a la enfermedad grave que requiera hospitalización en una unidad de cuidados intensivos o de tratamientos intermedios.
Asimismo, aumenta de 15 a 30 días los periodos de las licencias médicas para trabajadores con hijos con las enfermedades que dicha legislación señala, en tanto para los casos contemplados por enfermedad grave que requieran hospitalización será de periodos de 15 días. Mientras que para las licencias por media jornada de 30 días aumentan a 60 días.
Establece un fuero laboral durante el periodo de 180 días después de expirada la última licencia médica para trabajadores que estén con permiso de acompañamiento cuyos hijos con cáncer, trasplantes de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos, fase o estado terminal de la vida y accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente. Además se incluye un aumento de 90 días de permiso ante una situación especial como excepción constitucional de catástrofe o una alerta sanitaria decretada por la autoridad debido a una pandemia, epidemia o catástrofe mundial
En cuanto al procedimiento para el otorgamiento de las prestaciones del Seguro, en lo que se refiere al proceso de calificación, esta le seguirá correspondiendo a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez respectiva o al Departamento de Coordinación Nacional de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, dependiente de la Subsecretaría de Salud Pública, este último organismo se agrega por medio de la nueva normativa.
La ley 21.063 también conocida como “Ley SANNA” fue publicada en diciembre de 2017, entró en vigencia en 2018 y tras cinco años ha beneficiado a 1.719 niños y 1.968 trabajadores y trabajadoras, según datos de la Superintendencia de Seguridad Social. Con las recientes mejoras que incorpora la ley 21.614, que comenzaran a regir desde el 01 de noviembre, con excepción de lo dispuesto en los numerales 2 y 7 de su artículo único.
La nueva normativa crea un fuero laboral para quienes utilicen este seguro, lo cual garantiza que los trabajadores mantendrán sus empleos y no serán despedidos durante este etapa, además, se elimina el periodo de carencia en licencia médica, por lo que esta se paga desde el primer día, lo que significa un gran avance y garantía para los derechos de los padres y madres trabajadores que necesitan dedicarse al cuidado de la salud de sus hijos.